La Nulidad Matrimonial se simplifica

La nulidad matrimonial eclesiástica se tramitará a través de un procedimiento más ágil, simple y económico con la reciente reforma aprobada por el Papa Francisco, y que introduce como novedad una única sentencia, y la decisión directa del obispo en los casos más evidentes.

Dicha reforma se presentó en El Vaticano mediante dos «motu proprio» (documentos papales) llamados «Mitis Iudex Dominus Iesus» y «Mitis et misericors Iesus», en los que se establece los términos de la reforma para las causas de declaración de la nulidad matrimonial tanto en el código de derecho canónico y en el código de los cánones de las Iglesias orientales.

En primer lugar, se destaca la incorporación de un procedimiento breve de nulidad, «para acercarse a los fieles que se alejan ante las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de las distancias física o moral», y dichas modificaciones surgen de la comisión que creó el Papa en 2014, la cual fue presidida por Pio Vito Pinto, decano del Tribunal de la Rota Romana, con el principal objetivo de simplificar los trámites del proceso de nulidad matrimonial.

Aunque Francisco ha asegurado que «el principio de que el matrimonio católico es indisoluble», añade que «la caridad y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se haga cercana a los hijos que se sienten separados». En este sentido, en el Sínodo de los obispos celebrado en octubre de 2014, se solicitó y aprobó por mayoría de los asistentes procesos más rápidos y accesibles, recuerda el papa, y por ello se han establecido «disposiciones que no favorezcan la nulidad, pero sí aceleren los procesos, y con justa sencillez».

Principales novedades de la nulidad matrimonial

La principal novedad es el establecimiento de una sola sentencia para obtener la nulidad, evitando con ello que sean dos instancias consecutivas las que tengan que establecer dicha nulidad.

La normativa existente hasta la fecha en el Derecho Canónico establecía como requisito que la solicitud de nulidad fuese verificada por dos tribunales de forma sucesiva, por lo que en la práctica se establecía una doble barrera para acceder a la nulidad matrimonial.

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