La Pensión de Viudedad tras el Divorcio

La pensión de viudedad es una de las principales preocupaciones que existen a la hora de plantearse un divorcio o separación por si se tiene derecho o no a ella. A este respecto hay que señalar que existen dos situaciones diferenciadas en función de si el divorcio o separación se produjo antes o después del 01.01.2008 tal y como indica el Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Divorcio o separación antes del 01.01.2008

En este caso el reconocimiento del derecho a la pensión de viudedad depende de que en la tramitación del divorcio se le reconociera una pensión compensatoria y además hay que tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Entre la sentencia de divorcio o separación y la fecha del fallecimiento del causante no hayan pasado más de 10 años.
  • Que hubieran estado casados al menos 1o años
  • Que existan hijos comunes del matrimonio, o que el superviviente tenga más de 50 años en la fecha del fallecimiento del causante

Divorcio o separación despúes del 01.01.2008

Aquellas personas divorciadas o separadas judicialmente tendrán derecho a la pensión de viudedad siempre que tengan derecho a una pensión compensatoria reconocida en sentencia y que está se haya extinguido por la muerte del causante. Asimismo, es condición indispensable que no hayan contraído matrimonio nuevamente, o constituido pareja de hecho. A partir del 01.01.2010 el importe de la pensión de viudedad no podrá ser superior al de la pensión compensatoria.

Para acreditar que se tiene derecho a una pensión compensatoria que justifique la posterior pensión de viudedad únicamente será necesario:

  • Que el solicitante de la pensión de viudedad aporte la sentencia de divorcio o separación donde conste la pensión compensatoria
  • Que no se haya extinguido el derecho a la pensión compensatoria por nuevo matrimonio o por vivir en situación asimilable, o por que hayan dejado de existir las condiciones que la justificaban
  • A efectos de cuantía se tendrán en cuenta las circunstancias que justificaron el reconocimiento en sentencia de divorcio o separación la pensión compensatoria

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