Extinción del derecho de uso de la vivienda: El Tribunal Supremo resuelve que “convivir con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio “

La extinción del derecho de uso de la vivienda ha sido objeto de la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo en la cual se resuelve que convivir con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio.:

  • Establece que el interés superior de los menores de edad no debe aplicarse de forma estricta y que tampoco debe ser este el único interés que debe ser tenido en cuenta por el juez al dictar sentencia en estos procedimiento, sino por el contrario debe compatibilizarse con los intereses de los progenitores, pero siempre deben ser valorados ambos por el juez.
  • Se establece una nueva definición de vivienda familiar, y por ello el Tribunal Supremo considera que al introducir una tercera persona en la misma, el domicilio familiar pierde su naturaleza original, porque en definitiva pasa a servir en su uso a una familia distinta y diferente.

¿Qué ocurría hasta ahora?

Con ello se ha cambiado el criterio que era habitual hasta este momento por el cual el progenitor que tenía la custodia de los menores podía mantenerse en la vivienda familiar hasta que los hijos fueran mayores de edad o abandonaren las misma al ser económicamente independientes y tan solo se acordaba la extinción de las pensiones compensatorias entre cónyuges y la reducción de las pensiones de alimentos a favor de los hijos por el hecho de convivir con una tercera persona.

En resumen, cuando la vivienda familiar por los motivos expuestos deja de tener el carácter de domicilio familiar, se debe extinguir la atribución del uso y disfrute del mismo al progenitor que se le atribuyo por introducir en dicha vivienda a una tercera persona (su pareja), sin que por ello no se vulnere el interés superior del menor de edad regulado en el artículo 96 del Código Civil.

¿Qué hacer y como demostrar esta nueva situación?

Si somos conocedores de que la expareja está conviviendo con otra persona, se puede interponer una demanda de modificación de medidas para lo que será necesario contar con abogado y procurador. Asimismo, esta nueva convivencia se puede demostrar por cualquiera de los medios admitidos en derecho, si bien en la práctica o bien se puede contratar a un detective, o bien llamar a declarar a los vecinos del citado inmueble o bien esperar a que dicha tercera persona se empadrone en el domicilio en cuestión para solicitar la extinción del derecho de uso de la vivienda. En cualquier caso, recomendamos que un abogado especialista en derecho de familia analice su caso detenidamente.