Demanda de Divorcio
¿Qué es?
La Demanda de Divorcio es el documento jurídico fundamental para la tramitación de un divorcio, ya sea mutuo acuerdo, o divorcio contencioso, y que para su presentación debe ir acompañado de los siguientes documentos:
- Poder General para Pleitos o Poder Apud Acta
- Convenio Regulador en caso de ser divorcio de mutuo acuerdo
- Certificado literal de matrimonio
- Certificado Literal de nacimiento en caso de existencia de hijos
Partes de la Demanda de Divorcio
La demanda de divorcio está estructurada en 4 partes diferenciadas que son:
- Encabezamiento
- Fundamentos de Hecho
- Fundamentos de Derecho
- Suplico al Juzgado
El Encabezamiento en la Demanda de Divorcio
Tiene por objeto identificar a las partes de la demanda y debe contener al menos los siguientes elementos:
- Juzgado al que va dirigida,
- Procurador que representa ante los Tribunale al demandante en caso de divorcio contencioso, o a ambos cónyuges, en caso de divorcio de mutuo acuerdo. Para ello, es indispensable acreditar su representación mediante poder general para pleitos que puede ser notarial o apud acta
- Abogado que dirige el pleito
- Domicilio del demandante a efectos de notificaciones
- Objeto de la demanda que en este caso será divorcio o separación
- Nombre y apellidos del demandado en caso de que sea divorcio contencioso así como un domicilio para notificaciones
Fundamentos de Hecho en la Demanda de Divorcio
En este apartado se incluirán, dependiendo de si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo o contencioso fecha del matrimonio, hijos existentes, domicilio conyugal, salario de los miembros, tipo de custodia, pensión de alimentos, pensión compensatoria, régimen de visitas en caso de existir hijos, disolución y liquidación del régimen de gananciales así como todos aquellos elementos fundamentales para regular la situación posterior al divorcio.
Fundamentos de Derecho en la Demanda de Divorcio
Los Fundamentos de Derecho son la parte más formal de la demanda de divorcio y se han de especificar los siguientes extremos:
- Capacidad, legitimación y representación de las partes: que la persona goza de plena capacidad tanto para demandar (legitimación activa) como para ser demandado (legitimación pasiva)
- Jurisdicción: acreditando que corresponde a la jurisdicción civil la tramitación de la demanda de divorcio
- Compentencia Objetiva: justificando que corresponde al Juzgado de Primera Instancia la tramitación del procedimiento
- Compentencia Territorial: determinando que Juzgado de Primera Instancia corresponde en función de donde se encuentre el último domicilio conyugal
- Clase de Juicio: que para estos casos es la tramitación por Juicio Verbal
- Fondo del Asunto: es fundamental indicar en función de si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo o un divorcio contencioso aquellos artículos que justifiquen nuestras peticiones y que habitualmente se encontrarán en los artículos 81 y siguientes del Código Civil, y 75 y siguientes del Código Foral Aragonés
Suplico al Juzgado en la Demanda de Divorcio
La ley española establece que la Justicia sea rogada, es decir, es necesario solicitar al Juzgado todas nuestras pretensiones, especificando nuevamente de conformidad con lo descrito previamente ya que el Juzgado no puede pronunciarse sobre peticiones que no le hayan sido realizadas. Por lo tanto, será necesario especificar en la demanda de desahucio entre otros:
- Cese de la convivencia
- Aprobación del Convenio Regulador en caso de divorcio de mutuo acuerdo
- Patria potestad y tipo de custodia
- Pensión de alimentos
- Pensión compensatoria
- Disolución y liquidación del régimen de gananciales
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